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domingo, 2 de marzo de 2014

Sobre las clausulas suelo (II). En qué situación se encuentran y que podemos hacer.


Ante el malestar y el problema generado a miles de familias por la activación generalizada de las clausulas suelo cuando el Euribor bajó a niveles históricos desconocidos hasta entonces, AUSBANC, Asociación de Usuarios de Banca, decidió llevar a los tribunales a tres entidades bancarias, BBVA, Caixagalicia y CajaMar, para reclamarles que quitaran a sus clientes esta clausula de su hipoteca. ¿Por qué solo a estas tres y no a las demás si todas están en idénticas circunstancias? Porque, difícilmente, los tribunales admitirían una causa general contra todo el sistema financiero español, ya que ningún tribunal puede comprobar todas las clausulas suelo, de todas las hipotecas, de todas las entidades bancarias de nuestro país. Una demanda, presentada contra todas las entidades, hubiera tenido pocas posibilidades de prosperar. Haciéndolo solo contra tres entidades, AUSBANC se garantizaba la admisión a trámite de la demanda y su viabilidad futura.

¿Por qué se eligió a estas tres? Se eligió a tres entidades que representaran, cada una de ellas, a uno de los tipos de entidades de crédito que había entonces en España. Se eligió un banco, una caja de ahorros y una cooperativa de crédito, con la idea de que la sentencia resultante del proceso se pudiera aplicar a las demás por analogía.

¿Qué determinaron los tribunales de justicia tras los pleitos oportunos? Determinaron que las clausulas suelo denunciadas eran nulas al no reunir los requisitos de transparencia necesariamente exigibles a un contrato de esta naturaleza. Se contemplan seis características que, de cumplirse solamente una de ellas, convierten la clausula suelo en nula.
  1. La creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia, repercutirán en una disminución del precio del dinero. 
  2. La falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato. 
  3. La creación de la apariencia de que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo.
  4. Su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor en el caso de las utilizadas por el BBVA.
  5. La ausencia de simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual.
  6. Inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad.
Si os fijáis, cualquier hipoteca con clausula suelo cumple el primero de los requisitos, ya que se vendieron como hipotecas de interés variable cuando en realidad son hipotecas a interés fijo hasta que el Euribor sube por encima del suelo, momento en el que sí son variables. Solo esto, el que la hipoteca se llame variable y dentro haya clausula suelo, convierte a esta en nula.


¿La sentencia contra Cajamar, Caixagalicia y BBVA es automáticamente aplicable al resto de hipotecas del resto de entidades bancarias? No, hay que demostrar ante los tribunales que en nuestra clausula suelo concurren alguna de las condiciones de nulidad arriba mencionadas. Esto es así porque, como dijimos anteriormente, ningún tribunal puede conocer todas y cada una de las hipotecas de todas y cada una de las entidades, esto hace que, en teoría, pudiera haber alguna que sí fuera legal, solo en teoría.

¿Qué hay que hacer para que nuestro banco nos quite la clausula suelo? Reclamárselo. Lo mas seguro que tengamos que hacerlo ante los tribunales, porque los bancos no nos la van a quitar de forma voluntaria; aun así, siempre es bueno solicitárselo, en un primer momento,  al banco por escrito. Como ellos no van a aceptar, tendremos que ir a tribunales. No hay que tener miedo, se está ganando en el cien por cien de los casos.

Si se declara la nulidad de la clausula suelo de una hipoteca, ¿está el banco obligado a devolver lo cobrado de más hasta ese momento? En un principio, no. La sentencia provocada por la reclamación de AUSBANC, al no hacer referencia a ningún caso concreto, no podía entrar en este asunto, pero son muchos los pleitos que ya se han ganado de manera individual en el que los perjudicados por la clausula suelo han conseguido que les devuelvan el dinero cobrado de más por el banco.

Como veis las posibilidades de éxito de una reclamación para que nos quiten la clausula suelo es muy alta, también la de que nos devuelvan el dinero pagado de más, pero hay una pega, hay que ir a tribunales y ello tiene unos costes de Abogado, Procurador y las “famosas tasas judiciales de nuestro amigo Gallardón”. Por ello, hemos solicitado al Ayuntamiento que ponga a disposición de nuestros vecinos, de forma totalmente gratuita, el bufete de abogados del Ayuntamiento, para que nadie deje de reclamar por falta de recursos económicos. Aun así, y a la espera de lo que haga nuestro Ayuntamiento, siempre podéis acudir a AUSBANC, ellos estudiaran vuestro caso de forma individualizada y os ofrecerán fórmulas adecuadas para iniciar el proceso. 

Para ponerse en contacto con AUSBANC:

·         Plaza del Campillo, nº 7, 1º. 18009. GRANADA
·         Teléfono: 958 22 04 91 / 958 223 752 
·         Email: granada@ausbanc.es

Espero que toda esta información os haya sido de utilidad.

Un abrazo y feliz semana.

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